Alimento dietético

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    Se entiende por «alimentos dieticos» o «Alimentos para regímenes especiales» a los alimentos envasados preparados especialmente que se diferencian de los alimentos definidos por el CAA (Código Alimentario Argentino) por su composición y/o por sus modificaciones físicas, químicas, biológicas o de otra índole resultantes de su proceso de fabricación o de la adición, sustracción o sustitución de determinadas sustancias componentes.

    Están destinados a satisfacer necesidades particulares de nutrición y alimentación de determinados grupos poblacionales.

    Se clasifican en:
    a) Alimentos para satisfacer necesidades alimentarias específicas de determinados grupos de personas sanas:
    Alimentos para lactantes y niños de corta edad.
    Alimentos fortificados.
    Alimentos que proporcionan por adición, nutrientes esenciales.
    Alimentos en los que se han restaurado nutrientes perdidos en el proceso de elaboración.
    Alimentos adicionados con fibra.
    b) Alimentos para satisfacer necesidades alimentarias de personas que presentan estados fisiológicos particulares:
    Alimentos modificados en su valor energético.
    Alimentos modificados en su composición glucídica.
    Alimentos modificados en su composición proteica.
    Alimentos modificados en su composición lipídica.
    Alimentos modificados en su composición mineral.
    Alimentos de bajo contenido de sodio.
    Alimentos libres de gluten.
    c) Alimentos enriquecidos.
    d) Suplementos dietarios.
    e) Alimentos con propóleos.
    Los alimentos dieticos o para régimenes especiales deberán ser acondicionados en su lugar de elaboración o en otras plantas de la misma empresa en envases que satisfagan las exigencias del Código, y rotulados reglamentariamente, quedando expresamente prohibido el fraccionamiento y expendio a granel o al detalle.

    Los alimentos dieticos o para régimenes especiales serán de venta libre y podrán expenderse por las mismas vías de comercialización de los demás alimentos.

    Fuente:
    http://www.alimentosargentinos.gov.ar/programa_calidad/Marco_Regulatorio/CAA/CAPITULOXVII.htm

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